×

Tres puntos importantes que conocer sobre la Ley de Fomento a las Artes Escénicas


El proyecto de ley que ingresó al Congreso en 2017 y se aprobó en 2019 apareció en el Diario Oficial este 16 de septiembre y debería estar implementada por completo en el plazo de un año. Hoy describimos algunos de los cambios más significativos que trae consigo esta normativa.

Una ganada de las organizaciones de la sociedad civil que luchan por el reconocimiento de las artes escénicas es, sin lugar a dudas, la promulgación de la Ley de Fomento a las Artes Escénicas, una ley que viene a amparar a las disciplinas del teatro, la danza, el circo y la ópera. La normativa pone énfasis en la promoción y difusión de la disciplina, y llega con algunas novedades en relación a la institución que velará por el sector. Entre las novedades que trae la ley, destaca la creación del Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas, la creación un Consejo Nacional de Artes Escénicas y la creación del "Premio a las Artes Escénicas Nacionales Presidente de la República".

Pero ¿qué implica realmente cada una de las novedades? A continuación, te contamos todo sobre estos puntos.

Consejo Nacional de Artes Escénicas

Se creará un Consejo Nacional de Artes Escénicas que formará parte de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes. Entre las principales funciones de este organismo encontramos:

- Promover y colaborar con la realización de estudios sobre la actividad de las artes escénicas en el país.

- Proponer y apoyar medidas, programas y acciones que contribuyan al desarrollo de las diversas manifestaciones de las artes escénicas, estimulando la creación, formación, investigación, promoción, producción, exhibición y circulación de las obras escénicas nacionales; como asimismo, la creación de audiencias y el acceso equitativo a estas manifestaciones.

- Promover y facilitar la inserción de las obras de artes escénicas nacionales en los circuitos internacionales, así como también estudiar y promover la cooperación y los acuerdos de coproducción con otros países, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

- Apoyar la formación profesional, técnica o de cultores, mediante el financiamiento de becas, pasantías, tutorías o residencias, en los diversos ámbitos de las artes escénicas y la educación artística, sea esta última, formal o informal.

- Colaborar con el Ministerio de Educación en la incorporación de las artes escénicas en la
educación formal, tanto para la formación de escuelas artísticas como para la incorporación de las artes escénicas como un recurso pedagógico integral.

- Promover y difundir el respeto y protección de los derechos fundamentales de los trabajadores de las artes escénicas, como también de los derechos de autor y conexos, en los ámbitos de su competencia, de conformidad a la ley.

Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas

Se creará un Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas administrado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el cual se destinará al financiamiento parcial o total de programas, proyectos, medidas y acciones de fomento, desarrollo, conservación y salvaguardia de las artes escénicas del país, en cumplimiento de los objetivos y funciones del Consejo.

La selección de los programas, proyectos, medidas y acciones referidas al fomento y desarrollo de las artes escénicas nacionales que se financiarán deberá efectuarse mediante concursos públicos, postulaciones u otros procedimientos de excepción establecidos en el reglamento, que se sujetarán a las bases generales señaladas en las disposiciones precedentes y en el respectivo reglamento.

Los recursos que se destinen a los fines de esta ley se considerarán en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo. En todo caso, la distribución de los recursos del Fondo deberá contemplar criterios de diversidad, descentralización y acceso al repertorio nacional y obras universales de las manifestaciones escénicas. Una proporción de los recursos asignados a tal efecto, que no podrá ser inferior al cuarenta por ciento de los mismos, según lo determine el Consejo, deben ser destinados a regiones distintas de la Metropolitana

Tratándose de la ópera, la asignación de recursos provenientes del Fondo deberá ser destinada exclusivamente a regiones distintas de la Región Metropolitana, en la forma que determine el Consejo.

Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”

Se creará el Premio a las Artes Escénicas Nacionales “Presidente de la República”, destinado a reconocer la obra de los artistas escénicos que, por su excelencia, creatividad, destacada labor y aporte trascendente al repertorio de las artes escénicas nacionales, se hagan acreedores a este galardón, en las siguientes menciones:

  • Teatro.
  • Danza.
  • Ópera.
  • Circo.
  • Títeres o narración oral.
  • Autores de obras de teatro, coreografías, libretos, guiones o relatos, ya sean originales o adaptados.
  • Diseñador escénico, destinado a reconocer al artista que, por su excelencia y creatividad, tenga una destacada labor como diseñador integral de las artes escénicas.

Artista escénico emergente, destinado a reconocer a las nuevas figuras de las artes escénicas, de reciente aparición, y que haya destacado en el año respectivo.

Este premio se entregará una vez al año y contempla un diploma firmado por el Presidente de la República, suscrito, además, por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en el que se dejará constancia de la disciplina a la que pertenece la persona o compañía galardonada y una suma única ascendente a 200 unidades tributarias mensuales.

Si quieres acceder al documento completo del Diario Oficial puedes hacerlo aquí.


Desarrollado por AW lab
×